_____Informamos a los colegiados y a la comunidad en general que la profesión de Bioquímico sólo puede ser ejercida legalmente en nuestra provincia por Profesionales matriculados en este Colegio Profesional de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 7182, garantizando que quien la obtiene es un profesional con título de grado habilitado. Por ello, todo profesional bioquímico que ejerza la profesión sin contar con la habilitación por parte de este Colegio Profesional incurre en el delito de ejercicio Ilegal de la profesión (tipificado en el art. 247 del Código Penal).
_____ Por tal motivo instamos a los colegas al cumplimiento de los arts. 1, 3 y 6 de la Ley de Ejercicio Profesional N° 7182 y Resolución 02/2014 de los Directores Técnicos y contratación de Bioquímicos.
_____ Asimismo, solicitamos la colaboración de los colegiados y de la comunidad en verificar el estado matricular en la institución o en la página web www.colbiosa.com.ar y denunciar los casos en los que se tenga conocimiento de una persona en ejercicio de la profesión sin estar matriculado; a los fines de efectuar las acciones legales que correspondan en contra de quienes se encuentren ilegalmente ejerciendo la profesión bioquímica en nuestra provincia.
_____ Agradecemos desde ya su colaboración.
_____ Atentamente.
CONSEJO DIRECTIVO
COLEGIO DE BIOQUIMICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA